EXCLUSIONES MÉDICAS PARA EL ACCESO AL EJÉRCITO ESPAÑOL
Si quieres ser Militares de Tropa, debes conocer cuáles son las exclusiones médicas que te pueden impedir acceder.
Mucho antes de que puedas presentarte a las oposiciones de Tropa y Marinería, debes conocer que hay ciertas enfermedades o exclusiones médicas, que impiden ser Militares de Tropa.
De igual manera, será necesario que sepas si en realidad cumples con los requisitos fundamentales para acceder al Ejército. Uno de los estos tantos requisitos, es el tener las aptitudes físicas necesarias y, por supuesto, como lo acabamos de nombrar, el no presentar ninguno de los padecimientos médicos que te nombraremos.
Biológicas
- La talla en bipedestación: en mujeres debe ser inferior a 155 cm y en hombres 160 cm o, superior a los 203 cm.
- El peso: el IMC debe de estar entre los 30 y los 17.
- Tensión arterial: estará valorada en base a enfermedades y sus causas generales, anomalías genéticas, enfermedades endocrinometabólicas, enfermedades infecciosas y parasitarias, inmunoalérgicas, reumáticas, tumores malignos o precancerosas, intoxicaciones crónicas y el uso de cualquier medicación o droga que disminuya la capacidad de reacción.
Relacionadas a la piel y los tejidos
Estas pueden ser:
- La dermatosis.
- Dermopatías.
- Algunas afecciones o cicatrices que puedas afectar la movilidad.
- Úlceras con tendencia de repetición.
Neurología
Para las que están relacionadas en este ámbito tenemos:
- Anomalías congénitas del sistema nervioso central.
- Las enfermedades crónicas del sistema nervioso central.
- Trastornos del lenguaje (la tartamudez y disartria no se incluyen).
Psiquiatría
En cuanto a los padecimientos psicológicos están:
- Trastornos del humor.
- Trastornos neuróticos.
- Tener una capacidad intelectual que sea inferior a la que se toma como referencia de un cociente intelectual inferior a 80.
Del aparato digestivo
Aquellos aspirantes a pertenecer al Ejército no podrán sufrir de:
- Trastornos de deglución y masticación.
- Afecciones del estómago, esófago, intestino, hígado y recto.
Del aparato respiratorio
Estas son las enfermedades respiratorias que no deben padecer los aspirantes a militares de tropa:
- Asma bronquial.
- Insuficiencia respiratoria, disnea o trastorno ventilatorio.
- Nódulo pulmonar.
Exclusiones del aparato Circulatorio
Si estás pensando en opositar para Ejército, no debes padecer ninguna de estas enfermedades:
- Alteraciones del corazón (congénitas o adquiridas).
- Haber padecido de síncope o lipotimias repetidas.
- Miocardiopatías.
- Endocarditis
- Insuficiencia cardíaca.
- Quienes porten marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
- Flebitis aguda.
Enfermedades locomotoras
Todos aquellos que sufran de:
- Cifosis superior a 45 grados.
- Pérdida de un dedo o parte de él.
- Pérdida de dos dedos de un pie.
- Escoliosis superior a 15 grados.
Aparato de la visión
Quienes tengan los siguientes padecimientos oftalmológicos:
- Agudeza visual (exigen como mínimo con o sin corrección 1 en un ojo y en el otro 0.8).
- Glaucoma y tensión ocular.
- Máximos defectos que permiten en ambos ojos (Miopía -4 dioptrías, Astigmatismo +/- 2 dioptrías con independencia del componente esférico e Hipermetropía + 4 dioptrías.
- Agudeza visual (próxima debe ser normal).
- Visión cromática normal (distinción de colores puros).
Exclusiones de Otorrinolaringología
Los aspirantes a opositar para el Ejército no deben presentar los siguientes cuadros médicos:
- Rinitis alérgica.
- Insuficiencia respiratoria nasal.
- Sinusitis
- Perforaciones del tabique nasal.
- Vértigos.
Enfermedades del aparato urogenital
Excluirán los siguientes padecimientos:
- Prolapsos genitales.
- Nefropatías y cistopatías.
- Infecciones genitales.
- Endometriosis incapacitante.
- Problemas o ausencia de un riñón.
Padecimientos de la Sangre
Así como también, de los órganos y hematopoyéticos:
- Linfomas y mielomas.
- Anemia y leucopenias.
- Inmunodeficiencias
- Trastornos de la hemostasia y de la coagulación.
- Alteraciones de la sangre.
Todos estos datos son recogidos de la última convocatoria, con lo que pueden variar según la misma.
Con respecto a los tatuajes visibles, durante un buen tiempo estuvieron prohibidos en el Ejército. Sin embargo, gracias a una regulación del BOE, a partir del presente año 2021, están permitidos los tatuajes, siempre y cuando, éstos no atenten contra los valores constitucionales y del Ejército de España.