¿QUÉ NACIONALIDADES PUEDEN OPOSITAR EN ESPAÑA?

Si necesitas saber cuáles son las oposiciones que pueden presentar los extranjeros y cuáles no, te lo contaremos.

La mayoría de los requisitos para opositar en España, son casi todos los mismos a diferencia de alguno que otro. Sin embargo, uno de los principales es ser español de forma obligatoria. En algunos casos, hay excepciones para aquellos que tienen nacionalidad de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea.

A pesar de ello, hay otras oposiciones en las que puedes optar siendo extranjero. Una gran parte de los opositores terminan absteniéndose de participar, solo por desconocer las posibilidades que hay para ellos.

Sí existen exámenes en los cuales pueden tener participación, siendo más flexibles con respecto a los requisitos que exigen.

¿Cuáles son las oposiciones para los no españoles?

Aquellos extranjeros que tienen nacionalidad de cualquiera de los países miembros de la Comunidad Europea tienen la posibilidad de opositar. Así lo establece el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público, el cual dicta prácticamente que, todos los ciudadanos de los Estados miembros de la UE tienen derecho a acceder a los puestos de la administración pública, con la misma igualdad que los nacidos en España.

La condición también incluye tanto a cónyuge como a hijos de españoles o ciudadanos de la UE, siendo su único requisito, que no exista separación de derecho.

Del mismo modo, esta disposición permite que accedan al empleo público, todas aquellas personas que estén dentro del ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y confirmados por España.

No obstante, hay oposiciones que pueden presentar las personas que sean provenientes de países no pertenecientes a la UE. De hecho, también podrían encontrar alternativas de nacionalización y posteriormente, trabajo.

¿Qué condiciones debe cumplir un extranjero para las oposiciones en España?

En pocas palabras, estos ciudadanos pertenecientes a la Unión Europea no españoles pueden formar parte del Personal funcionario, mientras que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Ser de la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la UE.
  • Los parientes de españoles y de naturales de otras naciones de la UE, sin importar su ciudadanía, que estén relacionados (cónyuge sin separación por derecho, descendientes, menores o mayores de 21 años dependientes económicamente).
  • Las personas que estén dentro del ámbito de aplicación a los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en especial a los que se refieren a la libre circulación de los trabajadores.

Con respecto al cargo de Personal laboral, podrían presentar su postulación, las personas cuyas nacionalidades sean de naciones no pertenecientes a la Comunidad Europea, pudiendo acreditar lo siguiente:

  • Que dispongan de un permiso especial de residencia temporal.
  • Estar en situación de residencia permanente.
  • Contar con una autorización que indique que puede residir y trabajar en el territorio español.
  • Se reconoce la condición de refugiado.

Estas serían las condiciones indispensables para poder acceder a las oposiciones en España siendo extranjero, sin embargo, será necesario que se revisen las convocatorias para poder conocer cuáles son los requisitos específicos que corresponden.

Diferencias entre el Personal laboral y Personal funcionario

Algo que debe tomar en cuenta el aspirante a presentar las oposiciones es que, existen diferencias entre el personal laboral y el personal funcionario, las cuales son las siguientes; según el Ministerio de Justicia en España:

  • Funcionario: este tipo de empleados se refiere a aquellos que no se rigen según el Derecho Laboral Común, sino que más bien, lo hacen por las normas del derecho Administrativo. Generalmente, ocupan cargos permanentes, incluidos en plantilla y con funciones fijas ligadas estrechamente al cargo que representan.
  • Laboral: los servicios que prestan estas personas están sujetos a las normas que se establecen en el Derecho Laboral, mediante un contrato de trabajo. En la mayoría de los casos, desempeñan trabajos en puestos que no son permanentes, siendo de carácter instrumental y los que tienen funciones propias de oficios o los cuales requieran de contar con conocimientos técnicos y especializados.

Una vez que ya hemos conocido las diferencias, todas las personas provenientes de otros países de la UE, tienen libre acceso a las oposiciones sin inconvenientes; siempre y cuando no estén relacionadas con la salvaguarda de los intereses del Estado.